CopyRight
Es importante saber que según
la legislación española, después de 70 años de la muerte de la persona autora de la obra, según
el artículo 26 del Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril sobre
propiedad intelectual, ésta pasa a ser de dominio público y entonces, puede ser utilizada por
cualquiera.
CopyLeft:
Pero para entender bien este tipo de licencia tenemos que
viajar unos años atrás y analizar el contexto en el que empezó este movimiento
e ideología. En concreto viajamos a los años 80 donde el polémico Richald
Stallman inicio el desarrollo del sistema operativo GNU ( GNU is not unix )
para hacer frente al sistema de carácter privativo UNIX. Poco tiempo después
fundó la organización sin ánimo de lucro Free Software Foundation para
coordinar el esfuerzo. Estableció el concepto de Copyleft, que fue utilizado en
la Licencia Pública General GNU (conocida
como la «GPL») en 1989. De esta forma se cimentaron las bases que rigen
hoy en día el Software Libre.
Creative Commons:
La primeras licencias CC se crearon bajo el
marco legal estadounidense pero hoy en día se extienden hasta aproximadamente
70 jurisdicciones, además según Creative Commons existen más de 400 millones de
obras bajo las licencias CC. A pesar de todo esto es importante tener en cuenta
que Creative Commons no ofrece servicios legales del tipo abogado-cliente como
bien advierten en su pagina web.
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